DEVOLUCIÓN DE FIANZA AL URBANIZADOR DEL P.P.LOS OCHOS VII-B U.A.1

Esta Asociación defiende la completa urbanización de los terrenos del Plan Parcial Los Ochos VII-B U.A.2 por el promotor y urbanizador de este Plan Parcial. Nos encontramos con que el Ayuntamiento ha resuelto devolver la fianza depositada aún no habiendo cumplido todas las obligaciones como urbanización de la zona verde, cesión de todos los viales establecidos en la memoria, restitución de todas las infraestructuras dañadas y otras. No creemos en la utilización del dinero público para supuestamente "arreglar" las " chapuzas" de promotores privados.


Expone que desea presentar el siguiente RECURSO DE REPOSICIÓN y solicita el mismo sea admitido, por tanto tomados en consideración los contenidos del mismo:

Manifiesta que ha recibido copia de la Resolución 2008003697 de este Ayuntamiento de Torrelavega fechada el 6 de Noviembre del 2008, en dicha Resolución se acuerda la devolución de la fianza depositada por el urbanizador del Plan Parcial Los Ochos Sector VII-B después de haber sido subsanadas las deficiencias detectadas.

En el informe emitido por el Secretario General con fecha del 2 de Octubre del 2008 se afirma que:

  • Está acreditado la obtención de diversos vados, no obstante los mismos no se ajustan a la ordenanza vigente. En este sentido a esta Asociación le consta Informe fechado el 13 de Abril del 2007 donde se afirmaba que en caso de que la concesión de los vados y sus características se encontraba condicionada a la solicitud por lo interesados y la verificación, en caso de que no fuese posible se procedería a la remoción de la acera al estado que le corresponda. Siendo de vital importancia la adecuación de los vados o no a la normativa debido a que en caso contrario las obras de la acera correrían por cargo del urbanizador, e incluso pudiese ser necesario una reforma de los accesos a las edificaciones para poder conceder vados de acuerdo con la ordenanza.

  • Se nos señala en el informe que es práctica tolerada la existencia de rebajes, no obstante parte de los mismos ya fueron denunciados y en el informe del 13 de Abril del 2007 se recoge la posibilidad de remoción de la acera si no fuese posible la concesión de vados a parte de los rebajes. Además en la denuncia del 1 de Agosto del 2008 registrada por esta Asociación ya denunciábamos la no existencia de vados en otras entradas similares en terrenos de este Plan Parcial. No se tratan de simples rebajes “tolerados” sino de entradas de carga- descarga que ejercen esa función sin haber sido legalizadas. A lo que se unió la denuncia sobre la cuarta superficie comercial abierta (denuncia del 6 de Agosto del 2008- punto 4) cuya entrada para carga –descarga es similar a las anteriores objeto de estudio en el informe del 13 de Abril y no se ha tramitado la concesión de la licencia. Tampoco en el caso del reciente Mercadona se han tramitado las correspondientes licencias para vados en el caso de las entradas a su parcela- aparcamiento situada en terrenos de este Plan Parcial
  • No se estudia la adecuación de las plazas de aparcamiento respecto al estándar de 1 plaza de aparcamiento en vía pública cada 100 m2, la Memoria del Plan Parcial en su pág. 28 situaba en 274 aparcamientos netos el número total de aparcamientos, en la realidad son menos de 200. Por lo que si a esta cantidad sumamos las 177 plazas previstas en la U.A.2 , SERÍAN UN TOTAL DE 377 PLAZAS por debajo de las 429 obtenidas de aplicar el estándar.

  • Sobre las rampas de acceso señalar que las quejas vecinales no han sido tenidas en consideración. Algunas no han sido rematadas ( denuncia 4 de Marzo del 2008-punto 4) y existe una carretera en uso ( hasta la ejecución de la U.A.2) que realiza su acceso en precario por arena ( ya desaparecida) para solventar el desnivel.

  • Respecto a la ubicación del Centro de Transformación recordar que la mayor amplitud de la acera de la zona, que se estima en este informe, no se ajusta a la realidad. Como ya ha sido denunciado en este y otros lugares de este Plan Parcial ( Denuncia del 12 de Abril del 2007) las medidas no se ajustan a las secciones de viales establecidas en la Memoria de este Plan Parcial, POR LO QUE LAS CESIONES DE VIALES PÚBLICOS SERÍAN INFERIORES A LO ESTABLECIDO EN LA MEMORIA. En concreto el vial donde se sitúa el Centro de Transformación objeto de denuncia debiese ajustarse a las características del vial tipo 3 ( Plano 02B de la Memoria): la acera ha sido objeto de denuncia porque es inferior a los 2,5 m de la acera sin alcorque, la calzada y franjas de aparcamientos son de 11,50m por debajo de los 13m, tampoco el alcorque de la acera de enfrente llega a las medidas establecidas.


Asimismo señalar que cuando esta Asociación tuvo conocimiento del último Informe municipal al respecto de sus denuncias ( Informe con fecha 16 de Abril del 2008) registró una alegación fechada el 5 de Mayo del 2008 donde se corregían lo que desde esta humilde Asociación fueron considerados errores, también incongruencias con el informe fechado en Abril del 2007 y con las propias denuncias de esta Asociación, por último en esta alegación se recogieron de forma resumida todas las denuncias registradas y sin respuesta en este Informe. Esta Asociación desea remitirse al conjunto de denuncias que ser refieren a la incorrecta ejecución de la urbanización, o carencias detectadas con posterioridad. que debiesen ser respondidas antes de devolver la fianza para la correcta ejecución de las obras de urbanización de este Plan Parcial. En concreto, esta Asociación expresa su petición de que se estudie la obligación a la que se hace referencia en el art. 128.1.b de la Ley de Cantabria 2/2001 y la correspondencia de la cesión de los viales públicos aprobada en la Memoria de este Plan Parcial con la realidad, finalmente se estudie si la ejecución de las obras ha sido realizada en su totalidad incluyendo la reposición de las infraestructuras dañadas durante las obras.


Por lo tanto SOLICITA QUE:

Los extremos expuestos respecto al Informe del Secretario General de fecha del 2 de Octubre sea tendidos en cuenta, como así mismo la alegación fechada el 5 de Mayo del 2008 respecto al Informe Municipal de 16 de Abril del 2008. Al incluirse en este Recurso de Reposición datos de vital importancia para poder llegar a determinar la no subsanación de las deficiencias en la urbanización por parte del Urbanizador de este Plan Parcial, se suspenda la devolución de la fianza hasta que se termine el estudio de todos los extremos expuestos y se diluciden las responsabilidades para la corrección de la situación, al no poder clasificar los defectos señalados como vicios ocultos.

Sierrapando, 1 de Diciembre del 2008

Nuestro Archivo: Noticias y Denuncias año 2008

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